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Prohibirían venta de alcohol a partir de la medianoche.
17/11/2009
Fernando López
El diputado Leonel Luna Estrada exhortó a los jefes delegacionales a aplicar de forma similar y simultánea el Programa Cero-Cero, que se lleva a cabo en Alvaro Obregón y que prohíbe la venta del alcohol después de media noche en tiendas de abarrotes, vinaterías y misceláneas, entre otras, por ser parte fundamental para evitar la violencia intrafamiliar, riñas callejeras, accidentes viales e incluso decesos de jóvenes de entre 15 y 29 años de edad.

Sin mencionar que en el pueblo de Santa Rosa Xochiac, ubicado en esa demarcación, se venden en el tianguis bebidas alcohólicas sin restricción, indicó que la venta indiscriminada de bebidas alcohólicas a cualquier hora del día y de la noche, en envase cerrado y abierto, genera una grave problemática social y afecta el bienestar de las colonias.

Señaló que la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos mercantiles fuera de los horarios es una práctica común que violenta la Ley de Establecimientos Mercantiles, por lo que dio a conocer que presentará una iniciativa de reformas para obligar a tiendas de abarrotes, misceláneas y vinaterías a cumplir con la ley en la materia, ya que estos negocios no están considerados en la actualidad como de impacto social.

Hizo notar que el artículo 77 de la Ley de Establecimientos Mercantiles vigente, prevé que los establecimientos en los que se venden bebidas alcohólicas en envase cerrado y tienen prohibido el consumo en el interior, pueden vender abarrotes y comestibles en general, y la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado sólo la tienen permitida de las 7:00 a las 00:00 horas. Asimismo, detalló que la ley establece que este tipo de establecimientos no podrán instalarse, en ningún caso, a menos de 300 metros a la redonda de un centro de educación básica y que para funcionar están obligados a presentar un "Aviso de Declaración de Apertura".

Para quienes deseen vender abarrotes y comestibles en general las 24 horas del día, deberán tramitar una Declaración de Apertura Especial, acatando el horario de venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado en el horario antes señalado.

En este sentido, el diputado comentó que la Declaración de Apertura Especial básicamente tendrá los mismos requisitos que la Declaración de Apertura, sólo con la diferencia de que por escrito el solicitante manifieste bajo protesta de decir verdad: "Que brindará servicio las 24 horas del día, vendiendo sólo abarrotes y comestibles en general y que única y exclusivamente venderá bebidas alcohólicas en envase cerrado de las 7:00 a las 00:00 horas".

Este tipo de negocios, dijo, no podrán ser ubicados a menos de 300 metros a la redonda de un centro de educación básica y educación media.

Fuente: El Sol de México    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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