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Avala la Corte despenalizar posesión de droga para uso personal
18/09/2009
Daniel Blancas Madrigal
La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la despenalización de la posesión de droga para consumo personal, contemplada en la reforma sobre narcomenudeo vigente desde el 21 de agosto pasado.

ES "DISCRIMINATORIO" SOMETER A JUICIO A UN ADICTO

[ Daniel Blancas Madrigal ]

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la despenalización de la posesión de droga para consumo personal, contemplada en la reforma sobre narcomenudeo vigente desde el 21 de agosto pasado. Seis de los once ministros consideraron “discriminatorio” el someter a un adicto a proceso judicial —aunque luego fuera liberado—, contrario a lo que ocurría con los detenidos que negaban la farmacodependencia. Así, declararon inconstitucional el artículo 199 del Código Penal Federal que lo permitía. En la discusión fue clave el voto del ministro José Ramón Cossío, quien quebrantó el empate de la votación preliminar emitida en la sesión anterior, al considerar que las personas con problemas de adicción no deben ser tratadas como delincuentes, sino como enfermos. El ministro José de Jesús Gudiño fue claro: “Imaginemos que la policía detiene a dos personas. A los dos se les encuentra la misma cantidad de narcótico, pero uno comparece ante el MP y dice: por curiosidad me la dieron y quiero saber a qué sabe, qué se siente. Este inmediatamente se va a la calle, no hay problema, pero el otro dice: la tengo porque la necesito, soy farmacodependiente, y a éste sí se le sigue proceso; aquí hay una evidente discriminación”. La reforma ya referida en torno al tema de narcomenudeo señala que el Ministerio Público no podrá ejercer acción penal cuando a alguien se le encuentre menos de 500 gramos de mariguana, 500 miligramos de cocaína, dos gramos de opio, 50 miligramos de heroína y 40 de metanfetaminas. Y establece la responsabilidad de la Secretaría de Salud respecto a tratamiento contra adicciones. De acuerdo a la nueva norma —que no tiene aplicación retroactiva—, la absolución aplica tanto para los adictos como para quienes no lo son o sólo se asumen como consumidores ocasionales. La defensa de los juicios contra farmacodependientes fue encabezada por los ministros Salvador Aguirre Anguiano y Mariano Azuela. El primero preguntó: “¿Es igual ante la ley, ante la sociedad, aquél que tiene un problema de salud abierto, que necesita atención por ejercicio de su derecho a la salud con el correspondiente costo para el Estado, que aquel curioso que no tiene ninguna adicción?”. Mientras que Azuela expresó que gracias a los procesos penales se ha corroborado la adicción de las personas y se les ha podido dar tratamiento, sin imposición de penas.

Fuente: La Crónica    
Categoría: MERCADO ILEGAL DE LAS BEBIDAS CON ALCOHOL    





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