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Con las nuevas medidas fiscales de 2010 los contribuyentes aportarán 176 mil mdp adicionales
17/09/2009
Luis Pruneda
Con las nuevas medidas fiscales de 2010 los contribuyentes aportarán 176 mil mdp adicionales

De acuerdo con las previsiones del Ejecutivo federal, la brecha de ingresos respecto a los gastos necesarios para atender las necesidades básicas en términos constitucionales implican recursos del orden de 405 mil millones de pesos -3.17 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB)-, de los cuales propone que un 43 por ciento sean subsanados con nuevas medidas fiscales, dentro de las cuales destacan las siguientes:

I.- Impuestos especiales

a) Para la cerveza se incrementa la tasa aplicable a su enajenación e importación de 25 a 28 por ciento durante 2010-2012, reduciéndose a 27 por ciento en 2013 y a 25 por ciento en 2014.

b) En bebidas alcohólicas con graduación de más de 20º G.L., se establece una cuota adicional de tres pesos por litro, la cual deberá ser pagada por el fabricante o importador, en su caso.

c) Para los tabacos labrados, se establece una cuota por gramo de tabaco o por cigarro de 80 centavos por cajetilla a partir de 2010, hasta llegar a una cuota de dos pesos en 2013; además, se obliga a imprimir en las cajetillas el código de seguridad con objeto de combatir el contrabando.

d) Para los juegos, apuestas y sorteos, se incrementa la tasa de 20 a 30.

e) En telecomunicaciones, se establece un nuevo impuesto con una tasa de 4.0 por ciento a los servicios que se prestan a través de una red, exentando la telefonía pública y rural fija, así como el servicio de interconexión entre redes públicas.

II.- Impuesto o contribución para el combate a la pobreza

Con el fin de frenar el crecimiento de la pobreza y mitigar los impactos negativos que la crisis alimentaria provoca, se introduce esta nueva contribución, que sería del 2.0 por ciento y aplicaría de forma general gravando las ventas de todos los bienes y servicios, de tal manera que la carga fiscal no se concentre en sectores específicos. Los momentos de causación serían iguales al del IVA y se prevé su acreditamiento.

Con el fin de no afectar la competitividad de las exportaciones, estarán gravadas a tasa cero. También estarían exentas ciertas enajenaciones de bienes así como la prestación de algunos servicios como el suelo, la moneda nacional y extrajera, piezas de oro y plata, partes sociales, cuentas por cobrar, algunos intereses que pagan y cobran las instituciones financieras, enajenación de bienes muebles usados, con excepción de los enajenados por empresas, transporte internacional marítimo y las importaciones temporales.

No estarán sujetas a esta nueva contribución las contraprestaciones cobradas correspondientes a periodos previos a 2010.

Los ingresos generados por la contribución permitirán aumentar el presupuesto de la mayoría de los programas de combate a la pobreza: los Programas de Desarrollo Humano Oportunidades y de Apoyo Alimentario, el de Empleo Temporal; el de Comunidades Saludables; el Consejo Nacional de Fomento Educativo; el Seguro Popular, y las Caravanas de la Salud, entre otros.

III.- Impuestos al ingreso

En materia del Impuesto Sobre la Renta (ISR):

a) En consolidación fiscal, se propone hacer exigibles los saldos actualizados con antigüedad mayor a cinco años del ISR diferido por los grupos sujetos a la consolidación fiscal, mediante un esquema de pagos consistente en que en cada ejercicio se entere el 60 por ciento de los saldos de los impuestos diferidos correspondientes a dicho ejercicio, y por el restante 40 se hagan pagos de 10 por ciento durante cuatro ejercicios.

b) Incrementar de manera temporal las tasas del ISR de empresas y de personas físicas, ubicando la máxima en 30 por ciento (2010-2012), bajarla a 29 para 2013 y retornar al 28 original en 2014 para las personas morales y la tasa marginal superior de personas físicas.

c) Los ingresos por la enajenación de casa habitación estarán exentos del ISR cuando durante los cinco años inmediatos anteriores a la enajenación de que se trate, el contribuyente no hubiera gozado la exención referida y hasta por el límite de 1.5 millones de Udi. También se prevé que la deducción personal de intereses reales por créditos hipotecarios únicamente procederá para la adquisición de la casa habitación del contribuyente, y no para otras casas habitación que pudiera adquirir.

d) Se incrementa la tasa del sector primario a 21 por ciento.

Para el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU):

Se propone que en el ejercicio fiscal de 2010 el crédito fiscal generado por el exceso de deducciones previsto en la Ley del Crédito Empresarial a Tasa Única, no podrá acreditarse contra el ISR del ejercicio, por lo que únicamente podrá acreditarse contra el propio IETU de los 10 siguientes ejercicios.

Para el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE):

Se propone aumentar la tasa de 2.0 a 3.0 por ciento de los depósitos en efectivo realizados en cuentas bancarias, así como reducir el límite exento de 25 mil a 15 mil pesos mensuales.

Para el Impuesto al Valor Agregado (IVA):

En materia del régimen de intereses cobrados al Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), estarán gravados los intereses cobrados a personas físicas, aunque los préstamos sean par la adquisición de bienes de inversión para el desarrollo de sus actividades fundamentales o se trate de créditos refaccionarios, de habilitación o avío.

IV.- Régimen fiscal de Petróleos Mexicanos

Se propone otorgarle a la empresa mayor flexibilidad financiera para explorar nuevos yacimientos en aguas profundas y en Chicontepec, para lo cual se modifican las disposiciones relacionadas con el Derecho sobre extracción de hidrocarburos, el Derecho especial sobre hidrocarburos, así como en materia del Derecho especial adicional sobre hidrocarburos.

V.- Administración tributaria

En materia de administración tributaria se seguirán acciones en dos vertientes: algunas medidas de simplificación y otras encaminadas a fortalecer el combate a la evasión.

A la luz de esta propuesta y dadas las condiciones prevalecientes, se estima que será muy difícil su aprobación en los términos propuestos por el Poder Legislativo, en particular la nueva contribución del 2.0 por ciento. Sí esto es así, entonces deberemos esperar que se opte por eliminar diversas medidas que hoy día implican un elevado gasto fiscal a través de prebendas y tratos preferenciales a actividades muy diversas.

Fuente: El Financiero    
Categoría: MERCADO ILEGAL DE LAS BEBIDAS CON ALCOHOL    





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