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Convenio Modificatorio (...)
24/08/2009
Redacción Diario Oficial de la Federación
Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Gobierno del Distrito Federal, donde se mencionan diferentes proyectos de desarrollo turístico, entre los cuales está el del Museo del Tequila y el Mezcal.

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Gobierno del Distrito Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos Secretaría de Turismo CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE REASIGNACION DE RECURSOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO, EN ADELANTE, LA "SECTUR", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LIC RODOLFO ELIZONDO TORRES, CON LA INTERVENCIÓN CONJUNTA DEL SUBSECRETARIO DE OPERACIÓN TURÍSTICA. EL LIC. ALEJANDRO MORENO MEDINA Y DEL D RECTOR GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES. EL LIC. PEDRO DELGADO BELTRÁN, Y POR LA OTRA PARTE EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL. AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL "GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, EN SU CARÁCTER DE JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL LIC. JOSÉ ANGEL AVILA PÉREZ, EL SECRETARIO DE FINANZAS, EL LIC. MARIO M. DELGADO CARRILLO, EL SECRETARIO DE TURISMO, EL C. ALEJANDRO ROJAS DIAZ DURAN, Y EL CONTRALOR GENERAL, EL LIC, RICARDO GARClA SAINZ LAVISTA; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el articulo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Dúblico (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP. II. Conforme a la fracción I del articulo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con fecha 31 de marzo de 2009, el Ejecutivo Federal, por conducto de la SECTUR y el GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL firmaron el Convenio de Coordinación en materia de Reasignación de Recursos, en adelante "EL CONVENIO", con objeto de "...transferir recursos presupuestarios federales al GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de proyectos de desarrollo turístico; reasignar a aquél la ejecución de programas o proyectos federales; determinar las aportaciones del GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL para el ejercicio fiscal 2009; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen el GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio". III. "EL CONVENIO" quedó sujeto y condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial "B" de la SHCP, para que la SECTUR reasignara recursos al GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL con cargo a su presupuesto autorizado. IV. En las Cláusulas Primera y reasignados por el Ejecutivo Federal se aplicarían a los proyectos, hasta por los importes que a continuación se mencionan:

PROYECTOS (ver imagen).

En ese sentido, el Ejecutivo Federal, reasignaría al GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL recursos presupuestarios federales para proyectos de desarrollo turístico hasta por la cantidad de $60'000,000.00 (sesenta millones de pesos 00/100 M.N.), con cargo al presupuesto de la SECTUR, de acuerdo con los plazos y el calendario que se precisa en el Anexo 2 de "EL CONVENIO"; y el GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL destinaría de sus recursos presupuestarios para proyectos de desarrollo turístico la cantidad de $60'000,000.00 (sesenta millones de pesos 00/100 M.N.), conforme a los plazos y calendario incluido como Anexo 3. V. El primer párrafo de la Cláusula Décima Tercera de "EL CONVENIO" dispone que el mismo podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones a "EL CONVENIO" deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial del GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización. VI. "EL CONVENIO" tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009, según lo dispuesto en su cláusula décima quinta, con excepción de lo previsto en la fracción XIII de la cláusula sexta.

DECLARACIONES I. Declara la SECTUR que: 1.1. Reproduce y ratifica las declaraciones insertas en "EL CONVENIO". II. Declara el GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL que: II.1. Reproduce y ratifica las declaraciones insertas en "EL CONVENIO". III. Declaran las partes que: III.1. *********************************** III.2 La modificación a que se refiere este instrumento, es únicamente en lo referente a los proyectos contenidos en el Anexo 1 de "EL CONVENIO", por lo que no implica la erogación de recursos adicionales, manteniéndose pactadas las aportaciones globales previstas en "EL CONVENIO". Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en modificar de "EL CONVENIO", el Anexo 1, por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente Convenio Modificatorio en los términos y condiciones insertos en las siguientes: CLAUSULAS

PRIMERA.*****************

ANEXO 1 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL PROYECTOS DE DESARROLLO TURÍSTICO 2009 (ver imagen)

***************************************** SEGUNDA.- presente Convenio Modificatorio como parte integrante de él. TERCERA.- exccepción de lo que expresamente se establece en este Convenio integrante de "EL CONVENIO", las cláusulas que no fueron y condiciones estipulados en "EL CONVENIO", por lo que fuerza, salvo las modificaciones pactadas en este instrumento, aciones y derechos contenidos en "EL CONVENIO". CUARTA.- por la interpretación de este instrumento o sobre los asuntos que las partes se sujetarán en todo momento a lo establecido en QUINTA.- empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su suscripción y y en el órgano de difusión oficial del GOBIERNO DEL hábiles posteriores a su formalización.

Estando enteradas las partes del contenido Convenio de Coordinación en Materia de Reasigna conformidad y para constancia, el dia veintinueve SECTUR: el Secretario de Turismo, Turística, Rúbrica Por el Gobierno Rúbrica.El Secretario de Finanzas, RúbricaEl Rúbrica.

ANEXO 1 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL PROYECTOS DE DESARROLLO TURÍSTICO 2009 (ver imagen) y alcance legal del presente Convenio Modificatorio al ción de Recursos de 2009, lo firman por quintuplicado de de julio de dos mil nueve.Por el Ejecutivo Federal, Elizondo Torres- El Director General de Programas Regionales, del Distrito Federal: el Jefe de Gobierno del Distrito Federal: El Secretario de Gobierno, Rúbrica.- Delgado Carrillo- Contralor General,a.Rúbrica. PROYECTOS INVERSION FEDERAL INVERSION ESTATAL SUBTOTAL Corredor Turístico Bellas Artes-Garibaldi Plaza Garibaldi $23,000,000 $1,000,000 $24,000,000 Museo del Tequila y el Mezcal $15,000,000 $15,000,000 $30,000,000 Escuela del Mariachi $7,600,000 $24,500,000 $32,100,000 Rehabilitación del Mercado Gastronóitnico San Camilito $2,000,000 $2,500,000 $4,500,000 Plaza de la República. $10,000,000 $15,000,000 $25,000,000 Programa Integral de Capacitadle Competitividad Turística. $2,000,000 $2,000,000 $4,000,000 4. Programa de Imagen Urbana Zona Rosa $400,000 $0 $400,000 TOTAL $60,000,000 $60,000,000 $120,000,000

Fuente: Diario Oficial de la Federación    
Categoría: MERCADO ILEGAL DE LAS BEBIDAS CON ALCOHOL    





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