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Ignoran ley anunciantes.
23/08/2011
Pilar Gutiérrez
A un año de estar en vigor, varios puntos de la Ley de Publicidad Exterior han sido ignorados y hay espacios para anuncios ilegales.

En toda la Ciudad se puede encontrar propaganda institucional y comercial pintada en bardas, muros, fachadas; en lonas, mantas o telones colgados de edificios; en vehículos, así como en puentes vehiculares y peatonales, ya sea pintada o colgada, lo que contraviene distintas fracciones del artículo 13 de la ley, así como el Reglamento de la misma, publicado apenas el 15 de agosto.

REFORMA informó el lunes que la legislación llega a su primer aniversario arrastrando más pendientes que logros, por ejemplo, sólo 5 de 33 nodos cuentan con diseño y sólo para uno, en la Glorieta de Insurgentes, se ha realizado sorteo de espacios.

En distintos recorridos se constató también que la norma es violada constantemente.

Por ejemplo, por calles de la Condesa fueron vistos dos vehículos con plataformas para anuncios de un deportivo, aunque la ley lo prohíbe expresamente.

"Quedan prohibidos los anuncios de propaganda comercial con estructuras instaladas en vehículos de propiedad pública o privada y cuyo único fin sea difundir anuncios de propaganda", dice la fracción V del artículo 13.

Pese a estar prohibidas en la ley, las lonas y mantas colgadas de muros siguen siendo una opción para los anunciantes. Hay una que sobresale en la esquina de Circuito Interior y Constituyentes, que se alcanza a ver desde Avenida Chapultepec; otros anuncios promocionan cerveza colgando de los muros de un residencial de Grupo Baita, en Revolución y Alfonso Reyes.

"Quedan prohibidos los anuncios integrados en lonas, mantas, telones, lienzos, y en general, en cualquier otro material similar, sujetos, adheridos o colgados en los inmuebles públicos o privados, sea en sus fachadas, colindancias, azoteas o cualquier otro remate o parte de la edificación", ordena la Ley.

Otra violación recurrente es en anuncios denominativos de distintas instituciones, quienes colocan mantas en sus inmuebles promoviendo sus servicios, como el que se encontró en una institución en avenida San Luis Potosí, que cubre sus ventanas, contraviniendo el artículo 26 de la ley.

Ignorada

La Ley de Publicidad Exterior no está siendo observada:

- El Artículo 13, en su fracción V, prohíbe los anuncios de propaganda comercial con estructuras instaladas en vehículos de propiedad pública o privada, pero hay carros que desfilan en convoy.

- El artículo 9 transitorio ordena el retiro, máximo para el 3 de julio pasado, de comercio ambulante en sitios destinados a ser nodo, como la Glorieta de Insurgentes y Santa Fe.

- La norma prohíbe los anuncios denominativos en azotea, así como los pintados y los adosados que cubran ventanas aunque sean traslúcidos, pero existen.

Fuente: Reforma    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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