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Endurecen sanciones contra negocios que venden alcohol.
13/07/2011
Ana Lilia Mata
Cuernavaca, Morelos. Aprueban la Ley para la Prevención y Combate al Abuso de Bebidas Alcohólicas. Las multas van de 20 a mil salarios mínimos e incluso la clausura. Los ayuntamientos podrán aplicar castigos; prohibidos, los negocios de ese tipo cerca de escuelas o en pueblos pequeños sin servicio de policía.

Cuernavaca, Morelos. Las multas van ahora desde los 20 hasta los mil salarios mínimos e incluso la clausura.

Los ayuntamientos tienen más potestad para aplicar castigos; prohibidas, los negocios de ese tipo cerca de escuelas o en pueblos pequeños sin servicio de policía.

El Congreso del Estado aprobó la Ley para la Prevención y Combate al Abuso de Bebidas Alcohólicas, con lo que se da facultades a los Ayuntamientos del estado para sancionar de manera más severa a los negocios que vendan de manera irregular este tipo de sustancias embriagantes.

La legislación determina sanciones que van desde los 20 hasta los mil salarios mínimos e incluso la clausura del establecimiento que no cuente con las condiciones para expedir alcohol o bien que se encuentre cercano a las escuelas y venda este tipo de productos a menores de 18 años.

Según explicó el diputado priista Jorge Arizmendi García, la ley aprobada por unanimidad pone mayores “trabas” a los comercios para hacerse de un permiso para la venta de bebidas embriagantes. De esta forma, añadió, se evita la venta indiscriminada en casas particulares y a cualquier horario, como ocurre en varias colonias de la zona conurbada.

“Estarán habilitados siempre que se refiera a un local habilitado y acondicionado para realizar actos de comercio en correspondencia al giro comercial que pertenezca”, se detalló.

Las sanciones, como se mencionó, van desde 20 hasta mil veces el salario mínimo vigente en el estado; la suspensión de la actividad hasta por 30 días naturales; clausura temporal del establecimiento hasta por 60 días o la revocación del permiso; clausura definitiva del negocio y decomiso del producto.

Los horarios permitidos para la venta de alcohol en establecimientos y giros con permiso para expedir bebidas en envase cerrado serán a partir de las 11:00 horas y hasta las 22:00 horas. Mientras que los comercios y giros autorizados para la venta de bebidas alcohólicas en envase abierto sólo funcionarán a partir de las 12:00 horas y máximo hasta 03:00 de la mañana.

De igual forma, se determinó que no se permitirá el funcionamiento de establecimientos en comunidades cuya población sea menor a los dos mil habitantes, a menos que cuenten con servicio de Policía debidamente organizado.

Arizmendi García expuso en tribuna del Congreso local que en México cada año 1.7 millones de mexicanos se vuelven alcohólicos y que el 36 por ciento de los delitos y el 57 por ciento de los suicidios están relacionados con la ingesta de bebidas embriagantes, según datos de la Secretaría de Salud federal.

Es que, añadió, en todo el país existen seis millones de alcohólicos, y se sabe que son jóvenes de 18 a 29 años los principales consumidores de estas bebidas.

Fuente: La Unión de Morelos    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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