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Traerá nuevo IVA conflicto operativo.
14/12/2009
Arturo Rivero
Expertos prevén problemas operativos, porque la mayoría de los proveedores que emiten facturas dan crédito y recibirán su pago en 2010.

La Secretaría de Hacienda no ha informado cómo los emisores de facturas y recibos deberán operar con el nuevo IVA de 16 por ciento en pagos por servicios realizados en 2009, pero que cobrarán en 2010.

De acuerdo con la Ley, durante los primeros 10 días naturales de 2010 las empresas tienen derecho aún de cobrar facturas emitidas este año a la tasa del 15 por ciento.

Pero, transcurridos esos días, las facturas deberán ser cobradas con la tasa del 16 por ciento, aun cuando la emisión de éstas haya sido este 2009.

Fiscalistas dijeron que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá que publicar una circular en los primeros días de 2010 para explicar cómo se debe proceder.

Los problemas operativos no serán sólo para empresas, las personas físicas que emiten recibos de honorarios también están en la indefinición.

Actualmente el IVA retenido en los recibos equivale a dos terceras partes de la tasa general, es decir 10 por ciento, y de mantenerse esa regla la retención sería de 10.66 por ciento.

Hacienda tampoco ha definido cómo deben proceder los contribuyentes en este caso.

Óscar Márquez, socio director de la firma Márquez, Ojeda y Cía., previó problemas operativos, porque la mayoría de los proveedores que emiten facturas dan crédito y recibirán su pago en 2010.

En el tercer trimestre de 2009, el 58 por ciento de las empresas utilizó el crédito de sus proveedores, muy por arriba del 20 por ciento que usó el crédito bancario, de acuerdo con datos del Banco México, los más recientes disponibles.

Según el artículo 32 de la Ley del IVA, explicó Márquez, se tendría que emitir un comprobante adicional; es decir, una factura donde sólo se consigne el uno por ciento del IVA complementario, haciendo referencia al documento original.

Pero no evitará problemas operativos.

"Tendremos casos donde el adquirente, sobre todo si es consumidor final o una persona que por algún motivo no recupere el IVA, se va a rehusar a pagar ese uno por ciento adicional de IVA y eso nos llevará a que el proveedor tenga que absorber ese riesgo o ese costo", detalló el experto.

El fiscalista recomendó a los contribuyentes no cancelar sus facturas de 2009.

"Hay que tener cuidado, no se deben cancelar las facturas de 2009 y emitir una nueva porque eso implicaría problemas con el Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto Empresarial a Tasa Única para otros fines.

"Si alguien me sustituye la factura en 2010 resulta que no habría de tener un comprobante para sustentar mi gasto de 2009, por eso es importante no cambiar las facturas, sino complementarlas.

"Lo deseable hubiese sido que dentro de los primeros tres meses del año se permitiera que la operación llevada a cabo en el 2009 se pagara con las tasas de IVA vigentes en el momento en que se celebró la operación, pero no fue así", apuntó Márquez.

Fuente: Reforma    
Categoría: FISCAL    





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