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Condicionan renovación de licencias
09/05/2011
IONSA
CULIACÁN._ Los lugares de venta y consumo de bebidas alcohólicas que vendan o reproduzcan música o espectáculos que enaltezcan a criminales o actividades ilícitas no podrán renovar su licencia y se reduce el tiempo de venta de alcohol en las agencias matriz, según un decreto publicado en el Diario Oficial del Estado. El documento que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Sobre Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Producción, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas, fue publicado el 2 de este mes.

Con las modificaciones, el Gobierno del Estado limita a los ayuntamientos y asume mayor control sobre la operación y funcionamiento de estos establecimientos.

El documento señala que es facultad exclusiva del Ejecutivo a través de la Secretaría de Gobierno y la Dirección de Inspección y Normatividad, vigilar el cumplimiento y aplicación del reglamento, y excluye a los Ayuntamientos.

El decreto establece como facultad exclusiva de la dirección de Inspección ordenar en cualquier momento inspecciones a los establecimientos y señala que los Ayuntamientos de ninguna manera podrán designar inspectores, supervisores o auditores para realizar estas labores.

Al artículo 16 se adiciona la fracción VI que establece que para revalidar la licencia de venta o consumo de alcohol se deberá presentar una constancia que expida la Dirección.

En el documento deberá constar que en ese negocio no se haya vendido, exhibido, expuesto, y/o reproducido música, videos, imágenes o espectáculos que enaltezcan criminales, conductas antisociales o actividades ilícitas, desde la última vez que fue renovado el permiso.

Otra de las modificaciones fue al artículo 25 el cual establece que las agencias matriz de venta de cerveza operarán con un horario de 9:00 a 21:00 horas y ya no será a las 23:00 horas.

Los permisos eventuales para venta de alcohol se reducen de un mes a siete días y este podrá ser negado cuando el evento especial pretenda enaltecer a criminales o actividades ilícitas.

Cuando un negocio solicite la ampliación de horario para venta o consumo de alcohol esté será otorgado hasta por un mes y ya no será por tres, como establecía la Ley anterior.

En el artículo 21 se adiciona que si el evento se realiza en algún lugar especifico, en el que puedan ocurrir hechos que pongan en riesgo la seguridad pública y/o afecte el interés público, la Dirección de Inspección podrá revocar el permiso.

El decreto firmado el 30 de marzo por el gobernador Mario López Valdez y publicado lunes 2 entró en vigor un día después.

Fuente: Noroeste (Sinaloa)    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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