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Castigo a conductores ebrios Se aprueban iniciativas de ley para modificar los artículos 69, 73, 74 y 76 de la Ley de Tránsito del Estado de Querétaro.
26/04/2011
Norma Saldaña
La Comisión de Tránsito, Vialidad y Autotransporte Público, de la LVI Legislatura, aprobó iniciativas de ley para modificar los artículos 69, 73, 74 y 76 de la Ley de Tránsito del Estado de Querétaro, con el objetivo de aumentar sanciones a quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol.

Con esta iniciativa, la sanción que se imponga a quienes manejen vehículos en estado de ebriedad o luego de haber ingerido alguna droga se amplía a tres castigos: una multa que será de hasta 200 días de salario mínimo, es decir, casi 11,000 pesos; trabajos en favor de la comunidad en un término no menor a 200 horas y no mayor a seis meses, que es una sanción que la ley no contemplaba, y el arresto hasta por 36 horas.

“La Ley de Tránsito del estado ofrece un beneficio a los infractores cuando pagan dentro de un tiempo determinado y tratándose de la aplicación de multa de 50 por ciento. En el caso de quien incurra en esta infracción no será sujeto de beneficio, la multa será de 1,000 pesos”, explicó el legislador panista Marcos Aguilar, presidente de la Comisión de Tránsito.

De esta manera, se reforma también el artículo 74, mediante el cual será sujeto a un arresto de 36 horas el conductor del vehículo que permita a los ocupantes tomar bebidas embriagantes, escandalizar o realizar cualquier tipo de desorden dentro del vehículo.

La propuesta fue presentada a la referida comisión legislativa por el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Adolfo Ortega, con la finalidad de preservar la vida y el patrimonio de las personas.

Fuente: El Economista    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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