
Es impedimento para casarse la adicción al alcohol y drogas
11/02/2011
Daniel Estrada
Daniel Estrada
De acuerdo con el Código Civil del Estado de Durango, constituye un impedimento para la celebración del matrimonio el hecho de que uno de los contrayentes sea borracho o drogadicto.
El Código Civil señala de forma textual: "La embriaguez habitual, la morfinomanía, la eteromanía y el uso indebido y persistente de las demás drogas enervantes. La impotencia incurable para la cópula, la sífilis, la locura y las enfermedades crónicas e incurables, que sean, además, contagiosas o hereditarias".
Lo anterior en el octavo apéndice del artículo 151; capítulo dos, de los requisitos para contraer matrimonio; título quinto, del documento mencionado.
Son diversos los factores que impiden la celebración del matrimonio, mismos que se desglosan en diez apéndices, en un artículo, enumerando una serie de factores que imposibilitan el matrimonio legal.
CONTROVERSIA
Es de recordar que, incluso, este mismo artículo causó controversia y reforma durante la Legislatura pasada, toda vez que se mencionaba como impedimento para contraer matrimonio "el idiotismo y la imbecilidad, lo cual fue cambiado por "Padecer alguno de los contrayentes discapacidad intelectual, aunque pudiera tener momentos de lucidez".
Fuente: El Siglo de Durango
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD
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