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Van por horas extras a la SCJN
11/02/2011
Krystel Gómez Sevilla
Una vez presentada la controversia, la ley marca que los demandados son notificados y tienen 30 días para ejercer su derecho de réplica.Ayuntamientos presentan controversia a ley de alcoholes.

Tijuana.- A partir del miércoles por la mañana, cuando se presentó la controversia contra la Ley de Alcoholes por parte de los municipios de Tijuana, Ensenada y Tecate, el estado tendrá treinta días para rendir su declaración, a efecto de continuar con el proceso que, de resultar favorable, invalidaría dicha ley.

De acuerdo al consejero jurídico del XX Ayuntamiento, Édgar Arturo Fernández Bustamante, la controversia a la Ley para la Venta, Almacenaje y Consumo Público de Bebidas Alcohólicas en Baja California, fue recibida este miércoles en punto de las 10:45 de la mañana por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la ciudad de México.

Con ello, oficialmente estarían siendo demandados tanto el gobierno del estado, el gobernador José Guadalupe Osuna Millán por firmar la ley; el secretario de Gobierno, Cuauhtémoc Cardona, por refrendarla, y el director del Periódico Oficial del Estado por publicar esta reforma la cual se consideró de ilegal.

En el documento, de por lo menos 40 cuartillas, se especifica la violación a los artículos 120 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, el 83 fracción 10 de la Constitución y al artículo 30 del gobierno del estado, pues para la reforma a la conocida "Ley de Alcoholes" no se notificó cinco días antes a los ayuntamientos antes emitirse, además de que violenta la facultad del municipio para la regulación de este tipo de bebidas y su horario de venta.

"Se pretende que se declare la invalidez de esta ley por todas las violaciones (...), dejar sin efecto esa ley, ¿qué sucede? No existe y no tendría aplicación porque tendría que hacerse un proceso legislativo correctamente, si quisiera, el Congreso podría hacerlo de nuevo, pero ese decreto y esa reforma es inválida si así lo determina la Corte".

Explicó que una vez presentada la controversia, la ley marca que los demandados son notificados y tienen 30 días para ejercer su derecho de réplica que, de no tomarlo, no impediría el curso del proceso, donde tras la presentación de pruebas, alegatos y análisis, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitiría, pues, su fallo.

Fernández Bustamante, titular de la Dirección General Jurídica, añadió que la controversia, asignada con el número 0075753 por la Suprema Corte, significaría el único recurso que los municipios demandantes tienen para pedir la anulación de esta ley que jamás los contempló para su conformación.

Fuente: El Sol de Tijuana    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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