
La ley de alcoholes en BC podría ser impugnada
03/01/2011
Olga Ojeda Lajud
Olga Ojeda Lajud
La norma fue aprobada sin la consulta adecuada en los municipios del estado, la causa.
Tijuana, 3 de enero.- A pesar de la oposición que ha generado la llamada Ley de alcoholes en Bala California, la cual disminuirá los horarios de los centros nocturnos y bares en la entidad, ya entró en vigor, pero podría ser impugnada por que se aprobó sin la consulta adecuada en los municipios del estado.
De acuerdo al consejero jurídico municipal, Édgar Fernández Bustamante, los municipios no fueron tomados en cuenta en la tarea legislativa y por esta razón, se analizará la enmienda y el procedimiento para determinar jurídicamente cuáles fueron las irregularidades en las que se incurrió.
La reforma al artículo 17 de la Ley para la Venta, Almacenaje y Consumo Público de Bebidas Alcohólicas del Estado de Baja California presentada y aprobada la semana pasada en el Congreso se publicó en el Periódico Oficial, el lunes 27 de diciembre, con lo que desde el 29 del mismo mes entraron en vigor las restricciones para vender bebidas alcohólicas después de la una de la mañana de domingo a miércoles y las tres de la mañana de jueves a sábado.
Los empresarios del ramo, las cámaras de comercio y los cinco alcaldes (priistas) de Baja California manifestaron su oposición al horario establecido y a la restricción del otorgamiento de las llamadas horas extra. Incluso, los alcaldes, conformaron un bloque para solicitarle al Gobernador que "vetara" las reformas al artículo 17 de la Ley de Alcoholes, lo que fue negado por el Ejecutivo estatal.
El gobierno de Baja California asegura que las reformas son respaldadas con el fin de prevenir accidentes por el consumo de alcohol. Esta reforma, argumenta el gobierno estatal y los legisladores, tiene que ver con una serie de reclamos de carácter social por parte de grupos organizados de Mexicali y Tijuana, donde reclamaban una reforma al respecto.
El secretario general de gobierno en Tijuana Alcide Roberto Beltrones señaló que la ley aprobada por los diputados, la cual impide vender alcohol después de la una de la mañana entre semana y hasta las tres en fin de semana, violó el artículo 30 de la Constitución que exige al congreso solicitar la opinión de los ayuntamientos para votar por la iniciativa.
“Yo creo que es una inconformidad de los cinco municipios donde no nos tomaron en cuenta ni nos consultaron sobre esta reducción de horas extra, dice muy claro el artículo 30 de nuestra constitución que tienen que consultar a los municipios para saber si estamos de acuerdo o no y no lo hicieron”, explicó.
El presidente de la comisión de alcoholes del cabildo de Tijuana Julio Cesar Vázquez se sumó a la petición del gobierno municipal ya que, ““Tijuana y toda la frontera depende mucho del turismo y creo que fue errónea la propuesta que hicieron los diputados sin haber consultado a los municipios, porque precisamente los municipios son quienes saben cómo se maneja su situación económica”.
Mientras el gobierno del Osuna Millán asegura que aprobó la iniciativa por las estadísticas del Consejo Contra las Adicciones de la Secretaría de Salud y del Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo (C-4), que reportan que el registro de accidentes aumenta durante la madrugada, los municipios estudian la forma jurídica del dar marcha atrás a esta iniciativa.
El consejero jurídico de Tijuana mencionó que el Congreso emite las leyes pero para que tengan vigencia y aplicación deben contar con el conocimiento de los municipios, lo anterior en base al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Señaló que se realizará un análisis para determinar jurídicamente cuáles fueron las irregularidades en las que se incurrió porque “es una decisión que tomó el Congreso del Estado, al publicar una nueva ley de alcoholes y se está haciendo un análisis para ver la participación de los municipios en esta tarea, porque ellos no participaron”.
Fuente: El Financiero
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD
