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Propone Comisión licencia sanitaria para el tabaco
07/11/2010
Blanca Estela Botello
Ernesto Saro Boardman, presidente de la Comisión de Salud del Senado, señaló que es necesario reformar la Ley General para el Control del Tabaco, para que todo establecimiento que produzca, fabrique, importe, comercie y venda productos del tabaco, requiera de una licencia sanitaria.

De acuerdo con el texto de la iniciativa promovido por el senador panista, los establecimientos que comercien, vendan, distribuyan o suministren productos del tabaco deberán tener y exhibir la licencia sanitaria.

Además, se sancionará con multa de cuatro mil hasta diez mil veces el salario mínimo vigente a quien no tenga la licencia. Esto equivale, en el Distrito Federal, a multas de 229 mil 840 pesos a 574 mil 600 pesos.

En la exposición de motivos de la iniciativa se menciona que entre las principales amenazas para la salud de los mexicanos se encuentra el creciente consumo de productos del tabaco, y refiere que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), el tabaquismo es un problema de salud pública y la primera causa de muerte prevenible en el mundo. En México provoca más de 60 mil muertes al año, esto es aproximadamente 165 defunciones al día.

La iniciativa menciona que se ha comprobado que los jóvenes mexicanos se inician en el consumo de tabaco a edades cada vez mas tempranas, y se considera que la edad promedio en que la población adolescente se inicia en el consumo de tabaco es a los 13 años.

Refiere que la realidad comercial creciente derivada del consumo cotidiano y masivo de productos de tabaco, es pertinente reformar la Ley General para el control del Tabaco, en cuyo título segundo ya prevé que los establecimientos que comercien, distribuyan, vendan y suministren, produzcan, fabriquen o importen productos del tabaco requieran licencia sanitaria.

“Por tanto, tomando en cuenta que el consumidor habitual de dichos productos es enganchado al adquirirles en comercios de conveniencia o centros mercantiles con otros productos como el alcohol, resulta menester también requerir a cada establecimiento la previa licencia sanitaria para comerciar y vende productos del tabaco, requisito éste último que deberá ser acorde con la concurrencia de los tres órdenes de gobierno”, señala el texto.

Añade que dada la inducción al menor de edad o al adolescente como nuevos consumidores, “mediante sugestivos anuncios que incitan a adquirir productos nocivos para la salud, es conveniente adecuar la legislación general del país, a efecto de que quien comercie y venda productos del tabaco, esté obligado a mantener un anuncio con leyendas sobe la prohibición de comercio, venta, distribución o suministro a menores de edad.

Fuente: La Crónica    
Categoría: TABACO    





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