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Debe cumplirse arresto por alcoholímetro, valida la Corte
28/10/2010
Jesús Aranda
La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió que los jueces podrán dictar arrestos las veces que sean necesarias contra los conductores que no pasen la prueba de alcoholemia hasta que cumplan el máximo permitido de retención, que es de 36 horas.

Así lo decidió la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al analizar una contradicción de criterios entre tribunales federales respecto de la aplicación del artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal sobre las sanciones previstas para quienes no pasen el alcoholímetro.

La contradicción surgió debido a varios conductores que salieron libres por un amparo y argumentaban que una vez libres no tenían por qué regresar a cumplir el arresto.

Fuente: La Jornada    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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