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Iniciarán ley de imprevisto.
26/08/2010
Brauilio Ramírez Ponce
Lagos podría no estar preparado para la aplicación efectiva de la “ley antiborrachos” que entra en vigor el próximo 6 de septiembre.

A partir de ese día habrá multa de hasta 10 mil pesos para las personas que manejen en estado de ebriedad y multas de hasta 140 mil pesos y la revocación de licencia comercial para aquel comerciante que venda o permita el consumo de bebidas alcohólicas fuera de los horarios establecidos, venda o suministre bebidas a menores, permita la prostitución, los juegos de azar prohibidos o cruces de apuestas.

“Las reformas y adiciones al Código Penal, al de Procedimientos Penales, a la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte, así como a la Ley para regular la venta y el consumo de bebidas alcohólicas”, conocidas todas en conjunto como la “ley antiborrachos”, determinan fuertes sanciones para los conductores bajo la influencia del alcohol o alguna sustancia tóxica, así como aquellos que vendan bebidas alcohólicas a menores de edad o en horarios indebidos.

La “ley antiborrachos” fue publicada en el Diario Oficial del Estado de Jalisco el 7 de agosto y entrará en vigor el lunes 6 de septiembre.

Según el juez municipal, Juan Bernardo Santos Hernández, para la aplicación completa de dicha ley en Lagos, el Ayuntamiento tendrá que revisar y reformar los reglamentos municipales que desde hace más de 10 años siguen igual.

“En realidad, yo veo que se van a tener que hacer bastantes reformas a reglamentos municipales, ahí los regidores tendrán que ponerse a trabajar en ello para poderlas aplicar en los municipios”, comentó el juez.

Según agregó, la razón para la reforma de los reglamentos municipales es para la adecuación y aplicación a la ley, debido a que no siempre van acorde con las leyes del Estado, sobre todo en la aplicación de multas.

“Considero que si los regidores, con nuestro apoyo, nos ponemos a trabajar en diversas mesas de diálogo, se pueden hacer las adecuaciones a los reglamentos lo más pronto posible”, refirió.

Sin embargo, Santos Hernández puntualizó que la ley siempre está por encima de cualquier reglamento, por lo que la aplicación de multas y sanciones se basarán por completo en la “ley antiborrachos” cuando entre en vigor.

Algunas de las sanciones que define la ley son de hasta poco más de 10 mil pesos a quien conduzca un vehículo con un grado de 50 a 80 mililitros de alcohol en la sangre, o de 0.25 a 0.40 miligramos de alcohol por aire respirado, así como bajo el efecto de algún estupefaciente.

Otra de las sanciones más altas es de hasta 140 mil pesos y la revocación de licencia comercial a quien venda o permita el consumo de bebidas alcohólicas fuera de los horarios establecidos, venda o suministre bebidas a menores, permita la prostitución o los juegos de azar prohibidos o cruces de apuestas.

“Las sanciones considero que son altas pero necesarias (…) Qué bueno que el Congreso se puso las pilas, qué bueno que lo hizo y si conducimos en estado de ebriedad tenemos que tener una sanción”, dijo Santos Hernández.

Sobre las dependencias que participan directamente en la verificación y cumplimiento de la ley, como lo son Tránsito Municipal, Padrón y Licencias y Reglamentos, hasta ahora no han trabajado en estrategias que permitan hacer cumplir la ley.

Algunas de las estrategias que la “ley antiborrachos” ordena y faculta a los ayuntamientos, es el establecimiento de barricadas por parte de Tránsito para detectar posibles conductores en estado de ebriedad; otra facultad es la que tendrá Padrón y Licencias para requerir la instalación de cámaras de seguridad de circuito cerrado en los bares y antros. Sin embargo hasta ahora las autoridades no han estudiado estas estrategias.

Al respecto, el juez municipal dijo que generalmente las leyes marcan en los artículos transitorios, una prórroga para que los municipios se preparen y adecuen los reglamentos y dependencias para la aplicación efectiva de ella.

En estas adecuaciones, concluyó, se estará trabajando progresivamente hasta llegar a la adaptación completa del municipio al marco legal del estado.

Fuente: a.m.com.mx    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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