
Meten a la SSP contra anuncios
19/07/2010
La nueva Ley de Publicidad Exterior aprobada para el DF faculta a agentes de la Policía capitalina para que puedan detener y remitir a un juzgado cívico a quienes sean sorprendidos instalando cualquier tipo de anuncio publicitario, en cualquiera de sus modalidades, sin que exista una denuncia previa.
El dictamen aprobado en junio por la Asamblea Legislativa del DF (ALDF), del cual REFORMA obtuvo una copia, señala además que cualquier ciudadano podrá denunciar ante los uniformados si se realiza la instalación ilegal de algún tipo de anuncio.
"Los elementos de policía de la SSP que adviertan la instalación flagrante de un anuncio sancionada por esta Ley con arresto administrativo, deberán presentar inmediatamente al presunto infractor ante el Juez Cívico", señala el artículo 84 de la Legislación.
"Todo ciudadano que advierta la instalación flagrante de un anuncio en contravención de lo dispuesto por esta ley, podrá denunciarlo indistintamente a los verificadores del Instituto de Verificaciones Administrativas o a los elementos de policía".
Aunque aún no entra en vigor, la nueva Ley también reconoce a la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT) como instancia para recibir las denuncias y quejas ciudadanas en contra de la instalación de espectaculares y los diferentes tipos de publicidad que fueron regulados por los legisladores locales.
Aunque la legislación prevé que se remita al Ministerio Público a las personas que hayan sido detenidas por instalar de forma ilegal anuncios, el diputado local del PRD Víctor Romo señaló que esta medida es la última y existen acciones previas de sanción.
"La remisión al Ministerio Público es la última instancia que prevén la Ley de Desarrollo Urbano y la Ley de Publicidad Exterior para sancionar en materia de anuncios y publicidad", explicó el asambleísta.
"En el primer caso, será remitido al Juzgado Cívico y deberá pagar una multa dependiendo el tipo de infracción, en la segunda ocasión pagará el doble y si insiste en una tercera ocasión, ya se recurrirá a la Procuraduría capitalina".
La Ley prevé multas entre mil 500 y 2 mil salarios mínimos, que equivalen de 85 mil a 114 mil pesos, por la instalación ilegal de un anuncio, colgar anuncios, mantas o pendones en puentes peatonales, en puentes o pasos vehiculares, entre otros casos.
"Se sancionará con multa de mil 500 a 2 mil días de salario mínimo, arresto administrativo inconmutable de 24 a 36 horas y el retiro del anuncio a su costa, a la persona física que sin contar con autorización, ejecute o coadyuve en la instalación de pendones o gallardetes en un inmueble público o privado", dice el artículo 87 de la legislación.
Envuelta en la polémica
La Ley de Publicidad Exterior aún no entra en vigor, y ha sido impugnada por empresarios del sector.
· La nueva Ley de Publicidad Exterior fue aprobada el pasado 30 de junio por la ALDF pero aún no se publica en la Gaceta Oficial del DF para que entre en vigor.
· Esta legislación es complementaria a la Ley de Desarrollo Urbano, la cual se aprobó en abril pasado por la mayoría de los 66 diputados locales.
· Se avaló que los anuncios espectaculares se concentren en 'nodos publicitarios' y corredores, como la Glorieta de Insurgentes, entre otros.
Así lo dijo
"Cuando entre en vigor, esta Ley ayudará a ordenar la imagen de la Ciudad y a evitar abusos, pero cuidando a las empresas que generan empleos por este medio".
Víctor Hugo Romo,diputado local del PRD.
Fuente: Reforma
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD
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