NOTICIAS RECIENTES - INFOALCOHOL
Reacomodan reglas de comercio exterior.
07/07/2010
Ulises Díaz
La mayor parte de los cambios se centra en la reagrupación o reordenamiento de las normas.

Ciudad de México (7 julio 2010).- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió el nuevo sistema de normas para llenar pedimentos, prevalidación y demás procedimientos legislativos de comercio exterior, que serán las de uso vigente para 2010, según las "Reglas de carácter general en materia de Comercio Exterior.

Publicadas entre el 6 de julio y el 30 de junio en el Diario Oficial de la Federación, la mayor parte de los cambios se centra en la reagrupación o reordenamiento de las normas, así como en la nueva asignación de claves para los procedimientos aduanales.

"Estas reglas lo que intentan es reacomodar las disposiciones de comercio exterior y son muy importantes para importadores y exportadores porque confirman las reglas de operación en las aduanas y se modifican, y si bien se mantienen sin cambio importante si hay modificaciones que deben de ser consideradas", explicó Luis Enrique Zavala, vicepresidente de la Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana (ANIERM).

Estas disposiciones, que cambian anualmente, aunque son muy técnicas también son muy prácticas ya que son de aplicación cotidiana para los agentes de comercio exterior, precisa este empresario.

Las modificaciones obedecen usualmente a cuestiones diarias, solicitadas incluso por las cámaras y agrupaciones de comercio exterior, y son, idealmente, planeadas para simplificar las actividades de comercio exterior.

"Los cambios son para adaptarse a nuevos hechos, muchas veces las disposiciones están orientadas para simplificar trámites en la aduana pero muchas son para resolver problemas que otras dependencias de gobierno imponen, por ejemplo en materia de propiedad intelectual o para prevenir la piratería o en materia de salud", explica Zavala.

Ejemplo de esto es un nuevo requisito que se solicita para las importaciones de vehículos extranjeros, en donde los prevalidadores, que son los encargados de revisar la información de pedimentos, tienen que garantizar que los vehículos extranjeros no tengan algún carácter de ilegalidad.

"Los agentes aduanales deberán (...) Confirmar mediante consulta a través de las confederaciones, cámaras empresariales y asociaciones que cuenten con la autorización a que se refiere la regla 1.8.1., que el vehículo no se encuentre reportado como robado, siniestrado, restringido o prohibido para su circulación en el país de procedencia", precisa la regla 3.5.1, fracción II, inciso g), numeral 2 del reglamento.

Fuente: Reforma    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





Realiza una búsqueda


Realiza tu búsqueda por año
2024
2021
2020
2019
2018
2017
2016
2015
2014
2013
 
Categorías
Alcohol en general
Legislación
Medicas e investigación
Tipo de producto
Temas relacionados con la industria