
Advierten sobre sanciones económicas a quienes violen la Ley Seca en Jerez
30/06/2010
Ismael Valdez
Ismael Valdez
Jerez, Zacatecas.- El Secretario de Gobierno Jorge Enrique Martínez García, anunció que habrá Ley Seca en el municipio, desde el inicio del sábado hasta el fin del domingo, esto por las elecciones del 4 de julio.
Por los comicios electorales que tendrán verificativo el próximo 4 de julio, se suspenderá la venta y no se permitirá el consumo de bebidas embriagantes en la vía y establecimientos públicos, así lo dio a conocer el secretario de gobierno municipal.
Martínez García también mencionó que esta acción es con fundamento en lo dispuesto por el artículo 52 y concordante de la Ley sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas en vigor.
Indicó que la suspensión está estipulada durante 48 horas, iniciando a las cero horas del 3 julio a las 24 horas del día 4 de julio, lo anterior para coadyuvar con la tranquilidad y el orden durante la jornada electoral.
Resaltó que quien o quienes violen esta ley serán acreedores a una sanción económica equivalente de 30 hasta cien salarios mínimos vigentes en esta región, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 fracción IV y demás aplicables en el Estado.
Dijo Martínez García, que tanto la venta como el consumo está sujeto a infracción por lo que recomendó abstenerse en estos días en los que los ciudadanos elegirán al próximo Gobernador, Presidente Municipal y diputado local respectivamente.
La autoridad municipal verificará que se cumpla con este ordenamiento, y en los casos contrarios aplicar La Ley que, reiteró, tiene como finalidad que la jornada electoral se lleve en calma.
Por último agregó que se están girando oficios de notificación a los establecimientos del todo el municipio bares, cantinas, tiendas y establecimientos, entre otros, para hacer del conocimiento de esta ley e invitó a acudir la secretaria de gobierno por si existe alguna duda.
Fuente: El Sol de Zacatecas
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD
