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Quiere GDF prohibir anuncios de alcohol.
16/06/2010
Mariel Ibarra
La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), quiere regular los contenidos de los anuncios de publicidad exterior para evitar mensajes que induzcan a la violencia, el consumo de alcohol, tabaco, los que inciten el apetito sexual y hasta los que promuevan algunas medicinas.

Y es que en el Artículo 5 de la propuesta de Ley de Publicidad Exterior, que la dependencia capitalina envió el pasado viernes a la ALDF, se contempla toda una lista de prohibiciones para los contenidos que deberán tomar en cuenta los anunciantes a la hora de montar sus campañas publicitarias en la calles de la Capital.

"La publicidad exterior podrá contener todo tipo de mensajes, excepto los siguientes que tendrán el carácter de prohibidos: Los que induzcan al consumo de alcohol, tabaco o cualquier otra clase de narcóticos, sean lícitos o ilícitos, los que atenten contra la dignidad humana.

"Los que provoquen o inciten el odio, la violencia, el apetito sexual, la intimidación y, en general, el desasosiego individual o colectivo", se lee en la propuesta de la Seduvi.

Los publicistas se quejaron de la ambigüedad de estas prohibiciones, pues en el la propuesta de ley no se determina lo que se considerará inducción o incitación, por ejemplo, cuando se habla del apetito sexual.

"¿Quién va a determinar cuándo se incita al deseo sexual; es decir, los anuncios de lencería o preservativos van a estar prohibidos?", cuestionaron ayer algunos empresarios durante de un foro sobre publicidad exterior convocado para la Asamblea Legislativa.

Jorge Elizalde, miembro del Consejo de Industriales de la Publicidad Exterior, quien está en contra de la ley, señaló que esto atenta en contra de la libertad de expresión, crea vacíos legales y la normatividad se vuelve interpretativa.

"La propuesta atenta contra la libertad de expresión y por consecuencia, contraviene la Constitución, va en contra de la creatividad de los anunciantes y las agencias de publicidad", expresó el empresario.

Sobre esto, el diputado local del PRD, Víctor Romo, uno de los impulsores de la ley consideró que los contenidos de los anuncios no se pueden regular desde esa legislación y aunque dijo estar de acuerdo con algunos de los conceptos, también cuestionó la forma en que se decidiría qué incita el apetito sexual.

"A nosotros como diputados del PRD, se nos hace excesivo estar regulando contenidos, la Ciudad es de libertades, de derechos y en otros ámbitos nos hemos caracterizado por eso", expresó Romo.

"(Estarán prohibidos) los que, con ánimo de dañar a una persona física o moral, contengan la imputación de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causar o cause al destinatario una afectación en su honor, dignidad o reputación", se indica en la propuesta.

Buenas conciencias

Estos son los contenidos que la Seduvi pretende prohibir en publicidad exterior.

· Los que induzcan al consumo de alcohol, tabaco o cualquier clase de narcóticos sean éstos lícitos o ilícitos.

· Los que provoquen o inciten el apetito sexual.

· Los que provoquen o inciten el odio, la violencia, la intimidación, y en general, el desasosiego individual o colectivo.

· Los que contengan expresiones de vejación o exclusión de alguna persona o grupo de personas

· Los que atenten contra la dignidad humana o tengan por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, por razón de edad, sexo, estado civil, embarazo, raza, procedencia étnica, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, características físicas, discapacidad o estado de salud o cualquier otra circunstancia.

Así lo dijo

"Con esta ley se restringe el acceso a la información a temas como el de la salud pública, como pueden ser las campañas y mensajes de las medicinas o los anuncios que promueven la prevención y protección sexual".

Jorge Elizalde,

miembro del Consejo de Industriales de la Publicidad Exterior.

Fuente: Reforma    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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