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Abren cancha al conductor resignado
04/08/2014
José del Carmen Perales Rodríguez
Los conductores que transporten personas en estado de ebriedad no serán sancionados, siempre y cuando lo hagan sobrios y los acompañantes se abstengan de ir ingiriendo bebidas alcohólicas, alterando el orden o cometiendo alguna otra violación a lo que establece el artículo 24 del nuevo Reglamento de Tránsito de Victoria.

Lo anterior fue aclarado por William José Valdez Mena, titular de la Dirección de Seguridad, Tránsito y Vialidad del Municipio, quien agregó que en esencia lo que se busca con esta modificación es promover la utilización del conductor designado.

“En estos casos el conductor será sancionado con multa de tres a 15 días de salario mínimo vigente ($191.31 a $956.55). Pero si conduce en estado de ebriedad o sus acompañantes van tomando, entonces se le aplicará una multa de 50 a 150 días de salario ($3,188.50 a $9,565.50), independientemente de las sanciones que en lo particular les corresponda a los pasajeros”, precisó.

De esta forma, agregó el jefe policiaco, estaría protegiéndose no sólo la integridad de quienes han consumido en exceso bebidas alcohólicas, sino del resto de los ciudadanos que circulan con normalidad por la Ciudad.

“Anteriormente, al conductor de un vehículo que transportaba personas alcoholizadas se le aplicaba la infracción y ahora no será así, pero si los pasajeros van tomando bebidas alcohólicas, tirando basura, sacando su cuerpo o alterando el orden, entonces la sanción es para ambos”, precisó.

En ese sentido, Valdez Mena explicó que el conductor será responsabilizado y multado si alguno de sus acompañantes saca del vehículo parte de su cuerpo o algún objeto; arroja basura u otros objetos a la vía pública; abre las puertas de vehículos en movimiento o abre sin precaución las puertas de vehículos estacionados hacia el lado de la circulación.

Asimismo si baja del vehículo en movimiento; sujeta al conductor o lo distrae; opera los dispositivos del control del vehículo; interfiere en las funciones de los agentes de Tránsito; viaja en lugares destinados a carga o fuera del vehículo; o saca parte del cuerpo por el quemacoco de cualquier vehículo.

Fuente: El Diario de Cd. Victoria    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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