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Publican reformas a la ley de antros en el DF.
15/02/2012
Kenya Ramírez
Las modificaciones son dirigidas a establecimientos con un aforo superior a cien personas los cuales deberán contar con un plan de Protección Civil.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Gobierno del DF publicó este martes en la Gaceta Oficial el decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y de la Ley del Instituto de Verificación Administrativa de la capital.

En el Artículo 8 de la Ley de Establecimientos, correspondiente a las delegaciones, se indica en la fracción VI que "Los establecimientos con giro de impacto zonal que tengan un aforo superior a cien personas, además de contar cronograma interno de protección civil, deberán obtener dictamen técnico favorable del órgano competente".

Se adiciona el Artículo 8 Bis el cual establece que las Secretarías de Gobierno, de Seguridad Pública y de Protección Civil, así como las Delegaciones y el Instituto integrarán el Consejo de Evaluación de Riesgos, que emitirá dictámenes técnicos para el funcionamiento.

De establecimientos mercantiles con giro de impacto zonal con un aforo superior a cien personas. Los establecimientos mercantiles que obtengan dictamen negativo, deberán subsanar las observaciones realizadas por el Consejo, en caso de no subsanarlas no podrán renovar su permiso y no podrán ingresar su Solicitud de Permiso al Sistema.

Fuente: Vanguardia    
Categoría: REGULACION Y NORMATIVIDAD    





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