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Quien huya en accidente, perderá libertad de caución.
06/10/2011
Aprueba el Pleno del Congreso de Jalisco reformar el penúltimo párrafo del artículo 48 del Código Penal, a fin de impedir que se conceda la libertad bajo caución de quienes provoquen un accidente vial en estado de ebriedad, y tenga como consecuencia la muerte de una persona.

El diputado presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos, Jesús Casillas Romero, indicó en entrevista que se trataba de un punto importante a perfeccionar, debido a que muchos de los individuos que se han visto involucrados en percances viales, en donde resulta como consecuencia una víctima mortal, huyen del lugar y no son sancionados.

"Prefieren dejar el lugar del accidente en lugar de auxiliar a las personas, y ahora, aquellos que huyan del lugar, van a perder su derecho de libertad bajo caución", indicó el legislador.

"Va a ser asignarles una severa sanción, a quien de manera irresponsable dejen el lugar de los hechos para aparentemente mejorar su situación".

Según el legislador, la persona que interviene en un accidente, más aun cuando está alcoholizada, mejorará su situación jurídica si permanece en el lugar para afrontar el accidente.

Esta forma parte de las reformas que se le han hecho a la denominada Ley Salvavidas, la cual también contempla la pérdida de derecho a fianza en caso de que el sujeto se niegue a practicarse la prueba del alcoholímetro.

"Vamos perfeccionando la ley, ya con esto queda, y estamos implementando la pena de cuatro años seis meses, a 10 años, para que parte de la pena sí la tengan que pasar en prisión", concluyó el legislador en entrevista.

Fuente: El Informador    
Categoría: CONGRESOS ESTATALES    





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