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Última actualización [03/08/2009]



Porque el lugar sí importa

Alejandro Macías

¿Eres candidato para registrar una denominación de origen? Si tu producto, ya sea una bebida, alimento o artesanía, tiene características singulares atribuidas al lugar de su procedencia, puedes obtenerla. Entérate cómo.

 

Sin importar qué tan poco sepas sobre bebidas espirituosas, jamás pedirías un "Tequila de Yucatán" o "Champagne de Nueva York", pues ni el más delicado sabor podría reemplazar las características únicas que el lugar de origen de estas delicias etílicas les brinda. Bebidas tan diferentes entre sí tienen una cosa en común: una Denominación de Origen (DO).

 

La Ley de la Propiedad Industrial define a la DO como "el nombre de una región geográfica del país que sirve para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o característica se deben exclusivamente al medio geográfico, comprendiendo en éste los factores naturales y los humanos".

 

Es un reconocimiento de protección contra la competencia desleal, para evitar el uso del nombre de un lugar para un producto que no es originario del mismo. Se puede otorgar a cualquier producto, sea una bebida, alimento o artesanía, siempre que tenga características singulares, que sólo puedan lograrse en el lugar de su procedencia. Una DO implica no sólo un contexto geográfico, sino también uno cultural.

 

Primero, lo primero

La condición para que exista una Denominación de Origen es que primero sea el consumidor quien lo identifique con el nombre del lugar antes que con una marca, como en el caso del Tequila o el Mezcal, explica Alberto Monjarás Osorio, coordinador de Indicaciones Geográficas del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

 

Por eso, aunque el IMPI es la autoridad que protege las Denominaciones de Origen, no las crea ni las concede: las reconoce a través de la identificación que ya existe en el terreno comercial. Si un producto pudiera elaborarse en cualquier sitio, sin que para el consumidor hubiera diferencia, no calificaría para una DO.

 

Un ejemplo es el queso tipo Oaxaca, que hoy se ha convertido en un genérico. "Nadie cree que venga de Oaxaca, lo pueden hacer en Chihuahua, en el D.F. o en Estados Unidos, y lo único que tienen en común una marca y otra es la forma, pero nada tiene que ver su lugar de origen con el resultado final o en su proceso de elaboración", afirma Monjarás.

 

La función de una DO es impedir la competencia desleal y evitar que se usurpe del nombre del lugar con el que ya es reconocido un producto en el comercio, en detrimento de quienes tienen legítimo derecho a utilizarlo.

 

El uso ilegal de las denominaciones de origen es sancionado por el IMPI, igual que los casos en los que se utilice acompañada de indicaciones tales como "género", "tipo", "imitación" o cualquier otra similar que cree confusión en el consumidor, al hacerle creer que un producto cuenta con determinados atributos, sin que sea cierto.

 

En México existen once denominaciones de origen reconocidas por el IMPI y el Arreglo de Lisboa, un acuerdo internacional de protección: Tequila, Mezcal, Talavera, Olinalá, Bacanora, Café Veracruz, Ámbar de Chiapas, Sotol, Charanda, Mango Ataulfo del Soconusco Chiapas y Café Chiapas. Otros países, como Francia, tienen más de 300.

 

Alberto Monjarás considera que la diferencia no se debe a la falta de productos en México que califiquen para recibir el reconocimiento, sino que su protección implica una estructura que vigile, es decir, un Consejo Regulador, y normas para estandarizar su calidad.

 

De todas las denominaciones de origen del país, sólo cuatro tienen una Norma Oficial Mexicana (NOM) y su propio Consejo: el Tequila, el Mezcal, el Café de Veracruz y la Talavera.

 

Trabajo en equipo

Una DO funciona como una "marca colectiva", por lo que es más sencillo posicionar a los productos que la tengan, afirma Floriberto Miguel Cruz, comisionado de verificación del Consejo Regulador del Tequila (CRT).

 

"Si yo tengo un marca cualquiera y quiero darla a conocer tengo que invertir muchos recursos en publicidad, pero si somos 100 haciendo algo con un nombre que apela a una calidad certificada, es más fácil llegar al consumidor".

 

Cruz destaca que ahora que los consumidores pueden tener en los anaqueles de su tienda favorita toda clase de productos y que gracias a la globalización la oferta es mayor, prefieren los de origen definido. "Lo que se persigue con una Denominación de Origen es que la originalidad y la calidad respaldada por una forma de vida sea la carta de presentación", dice. "Las DO no se compran en las tiendas ni se consiguen en unos meses, sino tras años de arduo trabajo y tradición".

 

Para el Consejo Regulador del Tequila (CRT), los mercados internacionales cada vez toman más en cuenta las Denominaciones de Origen. La prueba, explica Miguel Cruz, es el crecimiento de las exportaciones: en tan sólo 12 años el tequila que se vende al exterior aumentó de 64.5 millones de litros a 140 millones de litros, un incremento de 117 por ciento.

 

¿Cómo la tramito?

La Ley de la Propiedad Industrial establece que para obtener la protección de una Denominación de Origen es necesario presentar ante el IMPI una solicitud con el nombre, nacionalidad e interés del solicitante.

 

El escrito debe describir detalladamente los productos terminados que abarcará la denominación: características, componentes, lugar y forma de extracción, procesos de producción o elaboración, si existen normas oficiales mexicanas, y los vínculos entre la denominación, el producto y el territorio.

 

El IMPI recibe y examina la solicitud. Si a su juicio los documentos presentados no satisfacen los requisitos legales o resultan insuficientes para el análisis, el solicitante tendrá un plazo de dos meses para aclarar o adicionar lo que considere pertinente. En caso de incumplir, la solicitud se declarará abandonada.

 

Cuando los documentos satisfagan los requisitos legales, el Instituto publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un extracto de la solicitud.

 

Tras la publicación, podrá solicitar y recibir la autorización del IMPI para usar la denominación de origen toda persona física o moral que se dedique a la extracción, producción o elaboración de los productos protegidos, que realice tal actividad dentro del territorio determinado en la declaración o que cumpla con las normas oficiales establecidas por la Secretaría de Economía (SE).

 

El plazo promedio para obtener una denominación de origen es un año y medio. Las autorizaciones de uso se conceden por periodos de 10 años y son renovables por el mismo lapso.

 

FUENTE:
 Soy Entrepreneu

http://www.soyentrepreneur.com/home/index.php?p=nota&idNota=5205