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Arresto de ebrios lo decidirá el juez calificador
02/12/2010
Rubén A. Ruiz
Aclara jefe de Tránsito que a quien traiga aliento alcohólico no necesariamente se le detendrá el auto.

El traer aliento alcohólico no necesariamente significa que al automovilista se le detendrá el vehículo, aseguró el jefe de Tránsito Municipal, Salvador Álvarez.

Informó que en estas fechas, donde hay muchos festejos por motivos propios de la fecha decembrina, realizarán operativos dependiendo de las posibilidades y personal con que se cuente.

Indicó que es un operativo que debe estar permanente.

“Obviamente sabemos que en esta fechas aumentan las festividades libremente y es más propicio para que más conductores ingieran bebidas”, comentó.

“Se harán los puntos de revisión, y aquella persona sorprendida en estado de ebriedad previa certificación del médico se tendrá que proceder en consecuencia de ello”, expuso.

El jefe de Tránsito dijo que la sanción o seguimiento al caso será acorde a lo que diga un juez calificador.

Advirtió que en caso de aliento alcohólico, ya sería el criterio del juez calificador lo que indique.

“Algún conductor con aliento alcohólico puede mostrar mucha agresividad y descontrol y ya será criterio del juez calificador determinar si le impone una sanción, detiene su auto o una persona.

“Puede que traiga aliento alcohólico y por haber tomado una cerveza y no precisamente por eso te pueden detener y detener tu vehículo.

“También sabemos que hay personas que con una sola cerveza aparentan que ingirieron más por su comportamiento, agresividad, ahí se tienen que tomar otras medidas”, mensionó.

No es la misma sanción por conducir en estado de ebriedad que por conducir en aliento alcohólico y traer una actitud agresiva”, añadió.

Recaudatoria

Álvarez aclaró que estos operativos no son medida recaudatoria, ya que tienen la obligación como departamento de hacer operativos tendientes a disminuir accidentes de tránsito.

El jefe policiaco apuntó que en estas fechas se incrementa el número de accidentes automovilísticos donde participan punibles, por lo que se debe prestar más atención.

“En los filtros de revisión se encuentra un juez calificador que al final de cuentas es quien va a determinar la situación momentánea legal del conductor del vehículo”, añadió.

El funcionario agregó que para que se cometa un acto de corrupción debe prestarse el conductor, por lo que necesitan conciencia de los automovilistas.

“Si no existe el motivo de parte del conductor para que acceda a este acto (mordida), hay instancias a donde pueda acudir como la Jefatura de Tránsito, Subdirección, Dirección, Asuntos Internos, Contraloría y está el Ministerio Público”, finalizó. Detalles

En el caso de la Jefatura de Policía y Tránsito Municipal, la multa por ebriedad puede ser de hasta 3 mil pesos.

De rebasar cierta cantidad de alcohol en la sangre puede ornarse la detención del vehículo o de la persona, quien es recluida en las celdas municipales.

Asimismo a criterio del juez calificador, el automovilista puede ser enviado ante un Ministerio Público del Fuero Común por conducción punible, donde existen otras sanciones y determinaciones de acuerdo al Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora.

Fuente: El Imparcial (Sonora)    
Categoría: PROGRAMAS DE PREVENCION    





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