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SECRETARIA DE ECONOMIA

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio del 2006

PROGRAMA Nacional de Normalización 2006.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACION 2006

La Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, en su carácter de Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, con fundamento en los artículos 61-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 55, 56, 57 y 58 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología
y Normalización; 19 del Reglamento Interior de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO

Que dentro de los objetivos de la presente administración, tendientes al impulso tanto económico como tecnológico de los distintos sectores de la industria y el comercio, se encuentra el fomento de la producción
y prestación de bienes y servicios cada vez más eficientes y con mejores niveles de calidad y, consecuentemente, más competitivos en el mercado nacional e internacional;
Que bajo este esquema, el Gobierno Federal ha diseñado e implementado una serie de mejoras regulatorias en los procesos de normalización, con el fin de satisfacer las cada vez más exigentes necesidades de los diferentes sectores económicos en esa materia;
Que el Programa Nacional de Normalización es el instrumento idóneo para planear, informar y coordinar las actividades de normalización nacional, tanto en el ámbito obligatorio, como en el voluntario, por lo
que se busca que el mismo sea un verdadero instrumento de información y difusión al público en materia
de normalización;
Que la Comisión Nacional de Normalización es el órgano que a nivel federal está encargado de coadyuvar en la política de normalización y coordinar las actividades que en esta materia corresponde realizar a las distintas dependencias y entidades de la administración pública federal, y
Que habiendo dado cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 61-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 55 de su Reglamento, el Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización integró el Programa Nacional de Normalización 2006, el cual fue revisado por el Consejo Técnico de dicha Comisión y aprobado por unanimidad por esta última el 9 de febrero del año 2006, ha tenido a bien publicar
el siguiente:
PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACION

SECRETARIA DE ECONOMIA

COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE SEGURIDAD AL USUARIO,
INFORMACION COMERCIAL Y PRACTICAS DE COMERCIO

PRESIDENTE:        C. P. MIGUEL AGUILAR ROMO
DOMICILIO:         AV. PUENTE DE TECAMACHALCO No. 6, SECCION FUENTES, LOMAS DE TECAMACHALCO, 53950, NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO.
TELEFONO:         57 29 93 00, EXT. 43200.
FAX:        55 20 97 15.
C. ELECTRONICO:         maromo@economia.gob.mx
SUBCOMITE DE INFORMACION COMERCIAL.
a)        Proyectos publicados
1.         Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-004-SCFI-2003, Información comercial-Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir y sus accesorios. (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de octubre de 2003.) (Revisión quinquenal).
        Fecha estimada de terminación: diciembre de 2006.
b)        Temas nuevos.
4.         Bebidas alcohólicas destiladas de agave.
        Objetivo: Establecer las Denominaciones comerciales, las especificaciones fisicoquímicas, la información comercial y los métodos de prueba que deben cumplir las bebidas destiladas de agave que se comercializan dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
        Justificación: Se propone la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana a fin de homogeneizar las denominaciones comerciales de las bebidas destiladas de agave, así como las especificaciones, la información comercial y los métodos de prueba que deben aplicarse para determinar dichas especificación, a fin de que sirvan de base para la regulación de esos productos durante su comercialización dentro del territorio nacional.
        Fundamento legal: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracción XII, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 de su Reglamento y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
        Fecha estimada de inicio y terminación: agosto de 2006 a diciembre de 2007.
5.         Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-070-SCFI-1994, Bebidas alcohólicas-Mezcal-Especificaciones.
        Objetivo: Actualizar las especificaciones y los métodos de prueba del mezcal que se produce dentro de la zona de Denominación de Origen publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 1994.
        Justificación: El proemio de la norma oficial mexicana NOM-070-SCFI-1994 vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 1997, establece que dicha norma entraría en vigor al día siguiente de aquel en el que la Dirección General de Normas emitiera un aviso mediante el cual se diera a conocer que existe la infraestructura para llevar a cabo la evaluación de la conformidad de la misma, lo cual ocurrió el 9 de octubre de 2003, es decir, pasaron varios años desde que el grupo de trabajo desarrolló el proceso de elaboración de esa NOM, razón por la cual a 8 años de su publicación en el DOF, se hace necesario su actualización, razón por la cual se propone la revisión de la citada norma oficial mexicana, a fin de homogeneizar los criterios de producción, transporte y comercialización del mezcal.
        Fundamento legal: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracciones XII y XV, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 de su Reglamento y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
        Fecha estimada de inicio y terminación: mayo de 2006 a diciembre de 2007.

(EL DOCUMENTO COMPLETO CONSTA DE TRES ARCHIVOS; PARA SU CONSULTA, VISITAR DIRECTAMENTE LA PAGINA DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA O EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION)
 


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